
Intendenta Rebeca Cofré por ley que permite una pensión anticipada para personas con enfermedad terminal: «Dará cobijo a quienes hoy enfrentan este doloroso escenario”
- Este viernes 22 de enero, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que permite una pensión anticipada para personas con enfermedades terminales.
Noticia esperada y que beneficiará a los pensionados del país y de la región de O’Higgins que se encuentran en con alguna enfermedad terminal, pudiendo así acceder a sus ahorros previsionales.
Así lo afirmó la Intendenta Rebeca Cofré quien aplaudió la iniciativa y señaló que “esta ley dará cobijo a quienes hoy enfrentan este tremendo y doloroso escenario. Es un respaldo económico que les permitirá llevar su enfermedad con mayor dignidad ellos y sus familias”.
La iniciativa busca establecer una Modalidad Especial de Pensión para todos los afiliados activos o pensionados con una enfermedad terminal y entrará en vigencia desde el 1 de julio de este año.
LEY DE PENSIÓN ANTICIPADA
Para acceder a la Modalidad Especial de Pensión, deberá calificarse la calidad de enfermo terminal por un consejo médico establecido por la Superintendencia de Pensiones y se entenderá como enfermo terminal a toda persona con una condición patológica grave diagnosticada, progresiva e irreversible, y con una expectativa de vida inferior a 12 meses.
La medida alcanza a los afiliados activos en AFP; pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total, parcial, o sobrevivencia, bajo todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia; y pensionados de la ley de Accidentes y Enfermedades Profesionales.
Para tramitar la pensión anticipada, la persona debe presentar a su AFP una solicitud de Certificación de Enfermo Terminal, acompañada de un certificado médico, firmado por su médico y el director del establecimiento. Una vez presentada, la AFP debe remitirla junto a los antecedentes del paciente al Consejo Médico en un plazo de 2 días hábiles. El Consejo tendrá un plazo de 5 días hábiles para notificar al afiliado y AFP su resolución.
La ley entrará en vigencia el 1 de julio de este año. Sin embargo, se dispondrá de un régimen transitorio para que, a partir de marzo, accedan al beneficio las personas afectadas por enfermedades terminales especialmente graves y estén dentro del programa de cuidados paliativos GES.